Hace referencia a una de las obligaciones que se presenta en conjunto con la Declaración Anual de acuerdo con el Art. 32-H del Código Fiscal de la Federación.
¿Quiénes tienen que presentarla?
I. Personas Morales que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan declarado ingresos acumulables igual o superior a $974,653,950.00, así como las Personas Morales que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones en bolsa de valores. Cantidad del párrafo actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022, 27-12-2022
II. Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen opcional para grupos de sociedades.
III. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.
IV. Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.
V. Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero
Dentro de esta fracción solo podrán optar por no presentar la ISSIF, cuando el monto total de las transacciones realizadas con residentes en el extranjero sea menor a 100 millones de pesos en el ejercicio fiscal, de acuerdo con la Regla 2.16.3 de la RMF vigente.
VI. Los contribuyentes que sean partes relacionadas de los sujetos establecidos en el artículo 32- A, segundo párrafo de este Código.
Los contribuyentes obligados por el supuesto de la fracción VI, únicamente presentarán la ISSIF cuando en el ejercicio de que se trate hayan realizado operaciones con los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros y siempre que el monto de la operación exceda de 13 millones de pesos por la realización de actividades empresariales, o bien de 3 millones de pesos en el caso de prestación de servicios profesionales.
Esta declaración (ISSIF) generada en el 2022 se presentará en conjunto con la declaración anual y en la misma fecha, es decir, se presentará a más tardar el 31 de marzo de 2023.
Te dejo la siguiente liga para la Descarga del Ejecutable, incluyendo los manuales de instalación:https://www.sat.gob.mx/aplicacion/07933/descarga-el-ejecutable-para-el-llenado-de-tu-informacion-sobre-situacion-fiscal-issif-(32h-cff)-2018-a-2021
Tip: Este formato que deberás llenar no cuenta con un prellenado por la autoridad, sino que por parte del Contribuyente deberán llenarse los campos es por esto por lo que antes de requisitarlo deberás tener los amarres de los papeles de trabajo previos, es decir debes contar con los cruces adecuados de información para esta declaración, ya que esta declaración no debe tener alguna diferencia por mínima que sea.